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Derecho de Libertad de Locomoción

sociologia lunes, 26 de julio de 2010

“Toda persona tiene libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley”. Esto es según el Artículo 36 de la Constitución de la República. El ejercicio de este derecho en el presente en nuestro país es muy controversial, debido a que en algunas oportunidades, se antepone la seguridad ciudadana ante el libre tránsito de la población en la vía pública.

3 comentarios:

Paola quinto dijo...

Que se confindieron es el articulo 26 de la constitucionnpolitica de guatemala

Paola quinto dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ericknolberto3n91@gmail.com dijo...

Que puedo hacer para que se respete este derecho

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